SECRETARIO :
EXPEDIENTE :
ESCRITO : 01
CUADERNO : Principal
SUMILLA : Demanda Laboral
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO DE MOQUEGUA
LUIS ALBERTO SALAS VALDEZ, identificado con DNI Nº 4587461, con domicilio en la Villa Mgisterial B-13, y señalando domicilio procesal en la calle Moquegua Nº 969, a usted con el debido respeto me presento y digo:
I. NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO:
- Municipalidad Distrital de Samegua, representada por el señor alcalde xxxxx, con dirección domiciliaria en la calle Ancash Nº23.
- Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Samegua, con dirección domiciliaria en la calle Ancash Nº23.
II. SITUACIÓN LABORAL DEL DEMANDANTE:
El demandante es un ex trabajador individual, de la Municipalidad Distrital de Samegua, habiendo laborado desde el 10 de febrero del 2003 hasta el 30 de noviembre del 2006, lo que hace un total de 1112 días de tiempo de servicios, desempeñando funciones de oficial, operario y albañil en la obra de Construcción del Palacio Municipal de Samegua, percibiendo como ultima remuneración mensual la suma de S/ 1,009.68 nuevos soles.
1. Fecha de Ingreso : 10 de febrero del 2003
2. Fecha de cese : 30 de noviembre del 2006.
3. Cargo : Operario
4. Días trabajados : 1112 días.
5. Última remuneración : S/. 1,009.68 nuevos soles.
III. PETITORIO:
Invocando interés y teniendo legitimidad para obrar, solicito el cobro de beneficios sociales, de acuerdo al Régimen Especial de Construcción Civil, la suma de S/ 28,831.14 (veintiocho mil ochocientos treinta y uno con 14/00 nuevos soles), por concepto de:
o Reintegro de Remuneraciones por periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 6,061.48 nuevos soles.
o Reintegro de Bonificación Unificada de Construcción BUC por el periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 7,650.39 nuevos soles.
o Reintegro por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios CTS por periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 2.440,87 nuevos soles.
o Reintegro por concepto de Gratificaciones por periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 6.551,37 nuevos soles.
o Reintegro por concepto de movilidad por periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 2,790.00 nuevos soles.
o Reintegro por concepto de Escolaridad por periodo laborado, ascendente a la suma de S/. 2.971.05 nuevos soles.
Asimismo que la demandada cumpla con pagarme los intereses legales generados desde que la obligación fue exigible hasta la cancelación total de la deuda.
LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES: (tabla)
IV. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1. Que empecé a laborar para la demandada en la obra de Construcción del Palacio Municipal de Mariscal Nieto, siendo contratado como oficial albañil en el régimen especial de construcción civil, desde el 10 de febrero del 2003 hasta el 31 de diciembre del 2003, asimismo ocupe la categoría de operario desde el 05 de enero del 2004 hasta el 30 de noviembre del 2006, fecha en la cual la demandada me despidió sin justificación alguna, sin haberme pagado mis beneficios sociales.
2. Que, solicito reintegros conforme al régimen especial de construcción civil, ya que la obra de construcción del palacio municipal de Samegua sobrepasa ampliamente las 50 UIT, lo que implica el pago bajo el Régimen Especial de Construcción Civil.
V. FUNDAMENTACIÓN JURIDICA:
1. El derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, establecida en el artículo 26 y el inciso 30 del artículo 139 de la Constitución Política del estado.
2. El Decreto Supremo Nº 07-77-TR, el mismo que señala que los trabajadores eventuales especializados en obras de Construcción Civil, que ejecutan el estado y los particulares, deberán ser pagados por el Régimen de Construcción Civil.
3. Las normas procesales en materia laboral contenidas en la Ley Nº 26636 y supletoriamente el Código Procesal Civil.
4. Decreto legislativo 650 para la compensación de tiempo de servicios.
5. D. S. 007 y 008 TR, Ley 27671 para las horas extras y trabajos en sobre tiempo.
6. D. Leg. 713 para vacaciones, fiestas patrias, navidad y feriados.
7. D. Leg 25129 sobre pago de asignación familiar.
VI. MONTO DEL PETITORIO:
El monto del petitorio es lo adecudado por concepto de reintegro de beneficios sociales del régimen de construcción civil, que asciende a la suma de S/ 28,831.14 nuevos soles.
VII. VÍA PROCEDIMENTAL:
El presente proceso de tramita como proceso ordinario laboral de conformidad con el artículo 61 de la ley Procesal del Trabajo.
VIII. MEDIOS PROBATORIOS:
1. Certificado de trabajo expedida por la demandada del periodo laborado 20 de agosto del 2003 al 21 de julio del 2004.
2. 2. Certificado de trabajo expedida por la demandada, del periodo laborado del 10 de mayo del 2004 al 30 de mayo del 2006.
3. Certificado de trabajo expedida por la demandada, del periodo laborado del 01 de junio del 2006 al 30 de noviembre del 2006.
4. Boletas de pago en original del periodo 2003, 2004, 2005, 2006, con la que acredito haber laborado para la Municipalidad Distrital de Samegua.
5. La Exhibición del expediente técnico que deberá realizar la demandada de la obra Construcción del Palacio Municipal de Samegua”, a fin de determinar el monto del presupuesto y el pago de la hora para determinar el régimen laboral de los obreros.
6. Partida de nacimiento de mi menor hija en original. Con lo que acredito tener derecho a percibir escolaridad.
IX. ANEXOS
1.A. Fotocopia de Documento de Identidad.
1.B. Cuatro certificados de trabajo en original expedidos por la demandada.
1.C. Boletas de pago expedidas por la Municipalidad.
1.D. Partida de nacimiento en original de mi menor hija Ana Cristina Salas Vera.
POR LO EXPUESTO:
A usted señor juez pido admitir la presente demanda y oportunamente se sirva declarar fundada, con expresa condena de costas y costos del proceso.
Moquegua, 27 de junio del 2011.
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Claudia layme cormilluni Luis Alberto Salas Valdez
Abogada DNI Nº 4587461
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